Alemania: Un fallo inédito a favor de la eutanasia

"Cortar el tratamiento médico que mantiene con vida a un paciente no es un delito si el enfermo lo pidió expresamente, dictaminó el máximo tribunal civil de Justicia en Alemania, en un fallo histórico sobre el suicidio asistido". La decisión de la Corte Federal de Justicia, que se produce tras años de debate en ese país sobre la eutanasia, absolvió a un abogado condenado el año pasado por tentativa de homicidio al aconsejar a una mujer que ayude a su madre a morir. El abogado apeló su condena y el tribunal falló que aquellos que cuidan a un enfermo deben retirar o interrumpir el tratamiento médico que lo mantiene con vida si esa es la voluntad del paciente. De acuerdo a reportes de medios, la mujer enferma había dicho a su hija que no quería que su vida fuera prolongada artificialmente antes de caer en coma tras una hemorragia cerebral en el 2002. Pero no hay registro escrito de ello. Actuando por consejo de su abogado, la mujer cortó el tubo gástrico que mantenía a su madre con vida.  El elemento fue reemplazado pero la mujer murió dos semanas después. La hija y el abogado fueron posteriormente acusados de intento de homicidio. Una corte distrital condenó al abogado a nueve meses de prisión en suspenso, pero la mujer fue absuelta. Un tema polémico. ¿Está bien? ¿Está mal? La medicina cuenta hoy con medios para moderar la máximo los sufrimientos físicos que padecen los enfermos terminales a través de cuidados paliativos que no alteran el desenlace de la muerte, sino que solo tratan de que el paciente disminuya al máximo los sufrimientos que padecen al fin de su existencia. Pero veamos un poco el tema. Cada vez es más necesario reflexionar profundamente, acerca de la dignidad de la persona humana sufriente y el derecho a la vida, al sentido del dolor y el sufrimiento. Eutanasia: Esta palabra, formada por las raíces griegas eu = bueno y thánatos = muerte, aludía originalmente a hacer más fácil (menos dolorosa) la muerte de una persona. Con el paso del tiempo, sin embargo, su significado primigenio fue cediendo lugar a otro que en realidad lo desvirtúa, y hoy en día la eutanasia se entiende como quitar prematuramente la vida a una persona. La eutanasia es entonces «una acción u omisión que por sí mismas o por intención causa la muerte con el propósito de eliminar el sufrimiento» La eutanasia puede ser voluntaria (a pedido del paciente o con su consentimiento) o involuntaria; puede también ser activa y directa (si se ejerce un acto para matar a la persona, como darle una inyección letal) o pasiva (si la voluntaria omisión de un acto provoca directamente la muerte, como negarle alimentación a un recién nacido). Suicidio asistido: Consiste en proporcionarle a una persona los medios suficientes para que pueda, ella misma, causarse la muerte. Distanasia: También llamada “ensañamiento terapéutico”, consiste en el uso de medios extraordinarios y desproporcionados para prolongar artificial e inútilmente la vida de un ser humano. Esta acción médica es más común hoy en día. Muerte natural: Se da cuando se permite que la persona muera en el momento en que Dios ha decidido llamarla a su presencia. No debe confundirse con la llamada “eutanasia pasiva”, pues en esta última el propósito de matar está establecido en el acto de no utilizar un medio proporcionado y adecuado para salvar la vida del paciente cuando es posible hacerlo. La medicina invasiva, los afectos y la religión hacen que la postura correcta sea la de morir cuando Dios dispone. Pero si así ¿Por qué tanta gente lucha porque creen que tienen "derecho" a la eutanasia? A todo esto se suma a que la formación médica, el juramento que estos realizan, los principios morales y las legislaciones vigentes hacen que los médicos se abstengan de realizar todo tipo de actos que pongan en peligro o interrumpan la vida del paciente por miedo a ser sometidos a pleitos de “mala praxis”. La Declaración de Derechos Humanos consagró en 1948 y numerosos Tratados y Pactos internacionales posteriores a ella reconocen al hombre el derecho a decidir sobre su vida, su salud y su propia muerte en forma personal. Sin embargo lo antes descrito con relación a los médicos, el Código Penal y la Ley 17132 resultan incompatibles no solo con aquellas normas internacionales sino con la propia Constitución Nacional que defiende la libertad, la privacidad y la dignidad humana de la persona. En lo expuesto anteriormente, el derecho, valida esas actividades con el objeto de preservar la vida  e impone sanciones a quienes las omitan y obliga a los enfermos que no estén de acuerdo a pedir una autorización que los habilite  a no someterse a determinadas prácticas. Esto obliga a que un tercero “un juez” acceda o no a acatar la voluntad del paciente privándolo del derecho a decidir sobre su forma de morir. Se reserva este nombre única y exclusivamente para la acción médica con la cual se pone fin en forma directa a la vida de un enfermo próximo a la muerte y que así lo solicita, para dar término a los sufrimientos de su agonía ya sea que se efectúen. -Por comisión: denominada también eutanasia activa. -Por omisión: eutanasia pasiva deliberada de la prestación de tratamientos médicos ordinarios o proporcionados que podían prolongar  la vida del paciente y con cuya carencia se anticipa la muerte. Estas alternativas en las que los elementos volitivos “querer morir” el enfermo desahuciado o el paciente accidentado e irrecuperable y la finalidad requerida y perseguida “hacer morir” son idénticas. El “testamento de vida” Se ha tratado de legalizar este suicidio  a través de los “LIVING WILLS” o TESTAMENTOS EN VIDA, documentos en los cuales el paciente pide que, en caso de quedar incompetente, se le retiren medios extraordinarios de conservación de la vida. Los que tienen postura en contrario aducen que el problema se encuentra en que el término extraordinario  queda sin definir y estas y otras ambigüedades se prestan para el abuso por parte del personal médico que esté a favor de la eutanasia. Diferenciamos  la eutanasia de la distanasia (caracterizada también como encarnizamiento terapéutico) que supone la prolongación innecesaria de la agonía por la persistencia en la utilización de medios o tratamientos desproporcionados e injustificados en  la situación del paciente. Es la otra cara de la moneda en la omisión debida y tal comportamiento es jurídicamente reprochable si no es especialmente deseado por el propio enfermo o los familiares del paciente. Se traduce en un proceder irracional e inmoral concretado en retardar inútilmente la  muerte en casos desesperados, recurriendo a tratamientos absolutamente fútiles carentes de justificación médica y ética en pacientes que están más allá de toda curación, cuando su irrecuperabilidad se encuentra bien definida, prolongado así la agonía de pacientes murientes, internados en unidades de  terapia intensiva, en soledad, alejados de sus seres queridos, sin poder hablar intubados, adormecidos, tan solo para morir en esta forma cruel poco tiempo después, transformado el morir en una etapa desprovista de serenidad y confortación que la dignidad humana reclama. Pesa sobre los profesionales de la salud la calificación de los recursos a utilizar. Los médicos deberán preguntarse hasta qué punto es racional y responde al respeto de la dignidad humana. Seguir prolongando la agonía y asumir que cuando no existe la posibilidad de curar es más importante la calidad de vida que se posibilita al paciente. Aquí debemos hacer mención a otro elemento a tener en cuenta la expresión “calidad de vida”. Se trata de un concepto ambiguo, por un lado puede querer indicar las condiciones físicas, psíquicas y de bienestar materialmente en las que se desarrolla la vida del paciente. En este sentido mejorar la calidad de vida se traduce en un mayor esfuerzo por brindar una situación esmerada a quien padece una enfermedad, a fin de que pueda sobrellevarla del mejor modo posible. En este sentido, no hay dudas que favorecer la calidad de vida del paciente no es solo conforme a la dignidad humana, sino incluso exigido por ella. Si la dignidad humana es lo importante, pues es indigno mantener al enfermo incurable en una situación de padecimientos, prima aquí el principio de autonomía del paciente, en el respeto a su autodeterminación. Esto supone el derecho a decidir cuándo abandonar la lucha por la vida cuando esta implica sufrimientos que él no puede afrontar y que la medicina no puede suprimir o aliviar. En lo personal, creo que primero hay que estar en el lugar de algunas de estas circunstancias. De todas maneras siempre siento que la vida es bella. Pero mi gran miedo es que el deseo propio por retener a un ser amado despierte al egoísmo de no dejarlo partir, y pagar cualquier precio con tal de retenerlo.

Difunden por TV un suicidio asistido

Eutanasia en Argentina

La vida es bella

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